Aprobado el pasado 25-08-2022, la nueva reforma establece que en los próximos tres años se desplegará progresivamente un sistema de quince tramos que va a determinar las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años.

Además, se define el concepto de rendimientos netos, fundamental para la puesta en marcha del nuevo sistema. De esta manera, los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.

Se habilita así un sistema que permite a los autónomos cambiar su cuota en función de su previsión de ingresos netos hasta seis veces al año. Al final del ejercicio fiscal y una vez conocidos los rendimientos netos anuales, se regularizarán las cotizaciones, devolviéndose o reclamándose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año. Las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 euros al mes a los 500 euros al mes en 2023 y de los 200 euros al mes a los 590 euros al mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos.

Los trabajadores autónomos con rendimientos por debajo del SMI, entre los que abundan jóvenes y mujeres, pagarán cuotas entre 200 y 260 euros al mes en 2025. Ese año, los tramos de rendimiento medio tendrán cuotas entre 290 y 294 euros mensuales y quienes ganan más de 6.000 euros al mes, 590 euros.

Deducción de gastos

El nuevo sistema también atiende a otra de las peticiones de los autónomos, la deducción de gastos de difícil justificación, entre los que la Seguridad Social pone como ejemplo los ordenadores, el alquiler de locales o la compra de suministro. Esta deducción será del 7% para los autónomos y del 3% para los autónomos societarios.

La tarifa plana del actual RETA se integra también en el nuevo modelo, aunque pasará a llamarse cuota reducida para los autónomos que inicien su actividad y será de 80 euros al mes durante doce meses para todos los nuevos autónomos.
Esta duración puede ampliarse un segundo año, si el autónomo registra ingresos inferiores al SMI a lo largo del primer año de actividad como trabajador por cuenta propia.

Cese de actividad parcial

Se reconoce una prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad y que podrá cobrarse de cuatro meses a dos años, sin que haya que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre. Para su acceso hay que tener una reducción del 75% del nivel de ingresos o ventas cuando no se cuenta con trabajadores, o esta misma condición durante dos trimestres, ingresos no superiores al SMI y reducción de jornada o suspensión de contratos del 60% de la plantilla, si hay trabajadores a cargo.

Mejora en la comunicación tecnológica con la Administración

Otra novedad de esta ley, es que a través del móvil, se podrán realizar altas, bajas, elección de tramo y cuota, así como acceder a los datos y expediente del autónomo e incluso proceder a la realización de simulaciones para conocer lo más certeramente posible la cuota a pagar en función de los ingresos antes de proceder a la realización de un alta.

Más novedades…

La regularización correspondiente a cada ejercicio económico se llevará a cabo en el año siguiente y se realizará en función de los datos comunicados tanto por la Agencia Tributaria, como por las Administraciones forales.

Según se recoge en el anteproyecto de ley, siempre que se solicite a la Tesorería General de la Seguridad Social, podrán realizar este cambio con efectos del primer día de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero del año siguiente. Además de la solicitud los trabajadores deberán efectuar una declaración del promedio mensual de los rendimientos económicos netos anuales.

Desaparece el tope de cotizaciones para mayores de 47 años.

Desgravación del 10% del plan de pensiones. Otra novedad que se contempla para los autónomos es la desgravación de un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

El texto incluye además una evaluación periódica de este nuevo sistema, que se realizará en el marco del diálogo social cada tres años.

Las disposiciones adicionales del real decreto-ley que se apruebe el martes especifican que, pasados esos tres años, los interlocutores tendrán que pactar los tramos para los próximos años, hasta 2032.

Detalle de las bases y cuotas por tramos

202320242025
TramoBaseCuotaBaseCuotaBaseCuota
<= 670 751,63 230735,29 225718,95 200
> 670 y <= 900 849,67 260816,99 250784,31 220
> 900 y <= 1.125,9 898,69 275872,55 267849,67 260
> 1.125,9 y <= 1.300950,98 291950,98 291947,71 290
> 1.300 y <= 1.500 960,78 294960,78 294960,78 294
> 1.500 y <= 1.700 960,78 294960,78 294960,78 294
> 1.700 y <= 1.850 1013,073101045,753201143,79350
> 1.850 y <= 2.030 1029,413151062,093251209,15370
> 2.030 y <= 2.330 1045,753201078,433301274,51390
> 2.330 y <= 2.760 1078,433301111,113401356,21415
> 2.760 y <= 3.190 1143,793501176,473601437,91440
> 3.190 y <= 3.620 1209,153701241,833801519,61465
> 3.620 y <= 4.050 1274,513901307,194001601,31490
> 4.050 y <= 6.000 1372,554201454,254451732,03530
> 6.000 1633,995001732,035301928,10590

La ley en números reales…

Una vez que el nuevo sistema de pago a la Seguridad Social de los autónomos esté implantado, aquellos que tengan un rendimiento neto inferior a 670 euros pagarán 200 euros en 2025; un ahorro final de 1.127 euros anuales respecto a lo que pagan en este momento.

Por el contrario, quienes ganen más de 6.000 euros acabarán pagando 590 euros mensuales de cotización, lo que supone pagar 3.353 euros más de lo que abonan actualmente para sus prestaciones.

De esta forma, un autónomo que presente unos ingresos medios de 900 euros y unos gastos por el ejercicio de su actividad de 185 euros tendrá unos rendimientos netos de 715 euros, resultado de la resta de los ingresos y los gastos. De ese monto se podrá deducir un 7%, equivalente a 50,05 euros. Los rendimientos netos finales serían de 664,95 euros (715-50,05), por lo que el autónomo pagaría una cuota de 230 euros al mes, al encontrarse dentro del primer tramo, con rendimientos iguales o inferiores a 670 euros.

Así, un autónomo que presente rendimientos netos por encima de los 3.620 euros y hasta 4.050 euros, o igual a ese monto, (tramo 13) pagará 100 euros más de cuota entre 2023 y 2025. En 2023, comenzará a pagar 390 euros, subirá a 400 euros en 2024 y a 490 en 2025.

En el último tramo, el decimoquinto, se encuentran todos los autónomos con rendimientos netos superiores a los 6.000 euros. Su cuota para 2023 será de 500 euros, se elevará a 530 euros al año siguiente y llegará a 590 euros en 2025.